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martes, 8 de abril de 2014

Nueva Directiva sobre activacion y desactivacion de seccionales y designacion de los Jefes




                                                                                 




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
INSTITUTO DE OFICIALES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL
EN SITUACIÓN DE RETIRO

DIRECTIVA INTERNA
  001/2014
Caracas,  07 de abril de 2.014


ASUNTO: ACTIVACIÓN Y DESACTIVACIÓN DE LAS SECCIONALES Y DESIGNACIÓN DE LOS JEFES DE   LAS MISMAS.

  1. FINALIDAD:
 Establecer, regular y controlar las estructuras orgánicas del Instituto.

  1. OBJETO:
Establecer la Normas y Procedimientos que regirán la activación y desactivación de las Seccionales y designación de los Jefes de las mismas.

  1. BASE LEGAL:
Ley del Instituto, Artículos 1, 2, 8, 9 y 17.

  1. SITUACION:
En la actualidad no existe en el Instituto ninguna disposición oficial sobre las actividades que son el objeto de la presente directiva,  por lo tanto es obligante para la Junta Directiva emitirlas para que toda la organización trabaje armónicamente y en un mismo sentido para el beneficio de sus afiliados.

  1. DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL:

ACTIVACION DE SECCIONAL:
En cualquier entidad federal de la República Bolivariana de Venezuela, se podrá activar una seccional, siempre que se demuestre la existencia en esa jurisdicción no menos de setenta (70) Afiliados al Instituto. 
Para cumplir con lo contemplado en el artículo anterior, la Junta Directiva designará a un o una delegado (a), quien en un plazo de un (1) mes a partir de su nombramiento, deberá presentar los recaudos necesarios, a saber:

·        Nombres y Apellidos de los afiliados, Cedulas de Identidad, Dirección con  números telefónicos, correo electrónico, profesión, ocupación actual.
·        Nombres y Apellidos, cedulas de identidad, del grupo familiar.
·        Lugar de trabajo, cargo que desempeña, dirección del lugar donde presta sus servicios.
·        Dirección del lugar donde funcionara la sede de la seccional, precio del alquiler o si está en venta, indicando el valor.
·        Todo lo anterior deberá estar acompañados con los soportes necesarios, que demuestren la veracidad de la información.
·        Una vez satisfecho los requisitos exigidos, la Junta Directiva podrá dar como activada la Seccional a través de una Resolución interna que deberá quedar asentada en acta.

  1. DESACTIVACION DE  SECCIONAL:

La Junta Directiva podrá en cualquier momento desactivar una seccional, en los siguientes casos:
·        Cuando se compruebe la existencia de pocos afiliados.
·        Cualquier otra a criterio de la Junta Directiva debidamente comprobada.

  1. DIRECCIÓN Y ADMINISTRACCIÓN:

Artículo 53: La administración de la seccional estará a cargo de un Oficial Retirado cotizante, funcionario público de libre nombramiento y remoción por la Junta Directiva del Instituto, el cual durara dos (2) anos en el ejercicio de sus funciones.
El mismo día en que la Comisión Electoral Permanente realice la elección para los Vocales Principales de la Junta Directiva del Instituto, también deberá convocar a los afiliados para que en cada jurisdicción procedan a designar una terna de candidatos aspirantes a presidir su Seccional, utilizando el procedimiento que crea más conveniente y su designación se hará de acuerdo al siguiente procedimiento:

a.      La Comisión Electoral Permanente presentara a la Junta Directiva del Instituto los nombres seleccionados incluyendo su Curriculum vitae.

 c.   La Junta Directiva en un plazo de setenta y dos (72) horas de haber recibido dicha terna de   candidatos, procederá a designar al Jefe de Seccional, tomando en cuenta los meritos demostrados, entre ellos:

   . Si uno de los candidatos  es el Jefe de la Seccional, el tiempo que tiene  en el  cargo.
   . Ascendiente ante los afiliados de la Jurisdicción.
   . Tiempo en la jurisdicción.
   . Cualquier otra a criterio de la Junta Directiva.

DISPOSICIONES DE CÁRACTER PARTICULAR:
La Oficina de Recursos Humanos será la responsable de:
·        Elaborar el nombramiento del afiliado designado Jefe de la seccional respectiva.
·        Preparará y coordinará el acto de Juramentación ante la Junta Directiva del Jefe de la seccional.

La Oficina de Administración y Servicios será responsable de:
·        Coordinar con el Jefe de la Seccional todo lo relacionado con asignación de recursos presupuestarios, equipamiento y dotación de equipos, arrendamiento de la sede si fuese necesario, etc.  

La Gerencia de Bienestar Social será responsable de:
·        Coordinará con el Jefe de la seccional el registro y documentación de los afiliados residente en la jurisdicción.

  1. DISPOSICIÓN FINAL:

Cualquier modificación o cambio de lo aquí establecido, deberá ser objeto de decisión de la Junta Directiva del Instituto.

  1. VIGENCIA:
La presente Directiva Interna entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.



Cúmplase:


ARNALDO OCANTO UZCATEGUI
Coronel
Presidente de la Junta Directiva





Reserva Ética y Moral


















































AOU/JSB/Yuslemin*

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