REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA DEFENSA
INSTITUTO DE OFICIALES DE LA
FUERZA ARMADA NACIONAL
EN SITUACIÓN DE RETIRO
DIRECTIVA
INTERNA
Nº 001/2014
Caracas, 07 de abril de 2.014
ASUNTO:
ACTIVACIÓN Y DESACTIVACIÓN DE LAS SECCIONALES Y DESIGNACIÓN DE LOS JEFES
DE LAS MISMAS.
- FINALIDAD:
Establecer,
regular y controlar las estructuras orgánicas del Instituto.
- OBJETO:
Establecer la
Normas y Procedimientos que regirán la activación y
desactivación de las Seccionales y designación de los Jefes de las mismas.
- BASE LEGAL:
Ley del Instituto, Artículos 1, 2, 8, 9 y 17.
- SITUACION:
En la actualidad no existe en el Instituto ninguna disposición oficial
sobre las actividades que son el objeto de la presente directiva, por lo tanto es obligante para la Junta
Directiva emitirlas para que toda la organización trabaje armónicamente y en un
mismo sentido para el beneficio de sus afiliados.
- DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL:
ACTIVACION DE
SECCIONAL:
En cualquier entidad federal de la República Bolivariana de Venezuela,
se podrá activar una seccional, siempre que se demuestre la existencia en esa
jurisdicción no menos de setenta (70) Afiliados al Instituto.
Para cumplir con lo contemplado en el artículo anterior, la Junta
Directiva designará a un o una delegado (a), quien en un plazo de un (1) mes a
partir de su nombramiento, deberá presentar los recaudos necesarios, a saber:
·
Nombres y Apellidos de
los afiliados, Cedulas de Identidad, Dirección con números telefónicos, correo electrónico,
profesión, ocupación actual.
·
Nombres y Apellidos,
cedulas de identidad, del grupo familiar.
·
Lugar de trabajo,
cargo que desempeña, dirección del lugar donde presta sus servicios.
·
Dirección del lugar
donde funcionara la sede de la seccional, precio del alquiler o si está en
venta, indicando el valor.
·
Todo lo anterior
deberá estar acompañados con los soportes necesarios, que demuestren la
veracidad de la información.
·
Una vez satisfecho los
requisitos exigidos, la Junta Directiva podrá dar como activada la Seccional a
través de una Resolución interna que deberá quedar asentada en acta.
- DESACTIVACION DE SECCIONAL:
La Junta Directiva podrá en cualquier momento desactivar una seccional,
en los siguientes casos:
·
Cuando se compruebe la
existencia de pocos afiliados.
·
Cualquier otra a criterio
de la Junta Directiva debidamente comprobada.
- DIRECCIÓN Y ADMINISTRACCIÓN:
Artículo
53: La administración de la seccional estará a cargo de un Oficial Retirado
cotizante, funcionario público de libre nombramiento y remoción por la Junta
Directiva del Instituto, el cual durara dos (2) anos en el ejercicio de sus
funciones.
El mismo día en
que la Comisión Electoral Permanente realice la elección para los Vocales
Principales de la Junta Directiva del Instituto, también deberá convocar a los
afiliados para que en cada jurisdicción procedan a designar una terna de
candidatos aspirantes a presidir su Seccional, utilizando el procedimiento que
crea más conveniente y su designación se hará de acuerdo al siguiente
procedimiento:
a. La Comisión
Electoral Permanente presentara a la Junta Directiva del Instituto los nombres
seleccionados incluyendo su Curriculum vitae.
c. La Junta Directiva
en un plazo de setenta y dos (72) horas de haber recibido dicha terna de candidatos, procederá a designar al Jefe de
Seccional, tomando en cuenta los meritos demostrados, entre ellos:
. Si
uno de los candidatos es el Jefe de la
Seccional, el tiempo que tiene en
el cargo.
. Ascendiente ante los
afiliados de la Jurisdicción.
. Tiempo en la jurisdicción.
. Cualquier otra a criterio de
la Junta Directiva.
DISPOSICIONES DE CÁRACTER PARTICULAR:
La Oficina de Recursos Humanos será la responsable de:
·
Elaborar el
nombramiento del afiliado designado Jefe de la seccional respectiva.
·
Preparará y coordinará
el acto de Juramentación ante la Junta Directiva del Jefe de la seccional.
La Oficina de
Administración y Servicios será responsable de:
·
Coordinar con el Jefe de la Seccional
todo lo relacionado con asignación de recursos presupuestarios, equipamiento y
dotación de equipos, arrendamiento de la sede si fuese necesario, etc.
La Gerencia de
Bienestar Social será responsable de:
·
Coordinará con el Jefe de la
seccional el registro y documentación de los afiliados residente en la
jurisdicción.
- DISPOSICIÓN FINAL:
Cualquier modificación o cambio de lo aquí establecido, deberá ser
objeto de decisión de la Junta Directiva del Instituto.
- VIGENCIA:
La presente Directiva Interna entrará en vigencia a partir de la fecha
de su publicación.
Cúmplase:
ARNALDO OCANTO
UZCATEGUI
Coronel
Presidente de la Junta Directiva
Reserva Ética y Moral
AOU/JSB/Yuslemin*
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