REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO
DEL PODER POPULAR
PARA
LA DEFENSA
INSTITUTO
DE OFICIALES EN SITUACION DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES
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PUNTO DE
CUENTA A LA CIUDADANA MINISTRA DEL
PODER POPULAR
PARA LA DEFENSA
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ASUNTO:
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APLICACIÓN
DE LA DIRECTIVA DE CONTINGENCIA SOBRE EMERGENCIAS MEDICAS A LOS MILITARES QUE
SE ENCUENTRAN RESIDENCIADOS EN EL EXTERIOR
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SÍNTESIS:
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LOS MILITARES QUE SE ENCUENTRAN RESIDENCIADOS EN
EL EXTERIOR NO DISFRUTAN DE LO CONTEMPLADO EN LA DIRECTIVA DE CONTINGENCIA
SOBRE EMERGENCIAS MEDICAS. A ESTE
PERSONAL SE LE SIGUEN HACIENDO TODOS LOS DESCUENTOS REFERIDOS A ESTOS GASTOS,
COMO SON: IPSFA, HOSPIMIL Y SEGUROS HORIZONTE, ENTONCES DEBEN GOZAR DE LOS MISMOS DERECHOS DE LOS QUE SE
ENCUENTRAN RESIDENCIADOS EN NUESTRO PAIS
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RECOMENDACIONES:
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1.
Que se
ordene la aplicación de dicha Directiva
2.
Otra que a
bien sugiera el Comando Superior.
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COMENTARIOS DE LA DIRECTORA
GENERAL DE EMPRESAS Y SERVICIOS
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DECISIÓN DEL VICEMINISTRO DE
SERVICIOS
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MINISTRA
DEL PODER POPULAR
PARA
LA DEFENSA
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